Nuevo criterio del SENIAT sobre la presentación de Estados Financieros

El pasado viernes 10 de febrero se dio a conocer el nuevo criterio del SENIAT sobre la presentación de Estados Financieros. Ahora, los Estados Financieros deberán ser presentados de acuerdo a los principios de contabilidad generalmente aceptados en Venezuela. Estos principios son aquellos que establece la Federación de Colegios de Contadores Públicos de Venezuela [FCCPV]. Ten en cuenta que el incumplimiento de esta formalidad puede acarrear sanciones pecuniarias (multas) y cierres hasta cesar el incumplimiento. 

A través de una opinión consultiva emitida por Gerencia General de Servicios Jurídicos del SENIAT, se dio claridad sobre la obligatoriedad en el cumplimiento con los Principios Generales de Contabilidad [PGC]. Esta opinión supone un nuevo criterio del SENIAT sobre la presentación de Estados Financieros [EF], bajo el cual los PGC son de obligatorio cumplimiento. 

Uno de los aspectos más importantes que involucra este cambio es respecto a las fiscalizaciones. Al momento de entrar en un proceso de una fiscalización, la Administración puede solicitar la presentación de los estados financieros. En el caso de no cumplir con este nuevo criterio, ello puede devenir en multas o sanciones. Más abajo te explicamos las consecuencias que puede conllevar. 

Puedes descargar la opinión haciendo clic aquí.

 

Sanciones 

Las principales sanciones aplicables devienen del incumplimiento del deber de llevar los registros contables y registros especiales de acuerdo a lo solicitado por la ley. Al incurrir en este ilícito, la Administración puede sancionarlo de acuerdo a lo establecido en el artículo 102 del Código Orgánico Tributario [COT]. En lo que refiere este artículo, el contribuyente puede ser sancionado con una multa de hasta 150 veces el tipo de cambio oficial de la moneda de mayor valor publicado por el Banco Central de Venezuela, y con clausura de la oficina, local o establecimiento por hasta 10 días continuos. La clausura puede extenderse por tanto tiempo hasta que el sujeto pasivo cumpla con los requisitos de la ley. 

Por otra parte, también es aplicable las sanciones del artículo 108 del COT en cuanto el ilícito se encuentre establecido en otro artículo de este código. Según este artículo, el contribuyente puede ser sancionado con multa de hasta 100 veces el tipo de cambio oficial de la moneda de mayor valor publicado por el Banco Central de Venezuela. Lo más relevante de este artículo, además, es que señala que cuando se trate de un sujeto pasivo especial, las sanciones pecuniarias podrán aumentar en un 200%. 

Es importante señalar que no hay sanciones penales (privación de libertad) por el incumplimiento en lo que refiere a este criterio. El frecuentemente citado artículo 123 del Código Orgánico Tributario hace mención al supuesto de incitar a la colectividad a negarse a cumplir con las obligaciones tributarias. Esto no significa que no existan sanciones penales por cometer hechos ilícitos tributarios, solamente que no lo supone por incumplir con los PGC en la presentación de un EF. 

 

¿Cuáles principios debes seguir? 

La pregunta que surge inmediatamente es ¿cuáles principios se deben seguir para realizar los EF? Existen múltiples criterios y, además, no existe un consenso único entre contadores sobre cuales hay que seguir. Algunos autores señalan principios distintos a aquellos que establecen los colegios, y viceversa, por ejemplo. 

En este sentido, la aclaratoria realizada por el SENIAT establece que serán los principios que establezca la Federación de Colegios de Contadores Públicos de Venezuela [FCCPV]. Siendo esta la organización que agrupa a los colegios de contadores de todo el país, resulta la opción más lógica. Puedes conseguir más información visitando el sitio web de la Federación o su publicación en Instagram al respecto. 

Los aspectos más resaltantes de estos principios y que debes tomar en cuenta son dos: 

  1. Auditoría. Los EF deben ser auditados por un contador público. 
  1. Ajuste por Inflación. La información presentada debe ser reexpresada a valores constantes (“ajuste por inflación”) como a valores históricos. 

 

¿Afecta mi declaración del ISLR? 

Tomando en cuenta que nos encontramos en la temporada de declaración del ISLR, muchas personas se preguntan si este cambio afecta las cantidades que declaran de este impuesto. Lo cierto es que, en principio, no afecta la declaración. 

El principal cambio es la auditoría. Aunque no es necesario realizarla para declarar, si es cierto que van de la mano, por lo que supone una seguridad mayor al momento de realizar los cálculos. Igualmente puedes realizar tu declaración o mantenerte tranquilo si ya la hiciste, aunque te recomendamos acoplarte a este nuevo criterio en cuanto sea posible. Esto último, sobre todo, para evitar posibles fiscalizaciones. 

Estos cambios implican que, con la visita de un agente de la Administración Tributaria, tu negocio puede verse afectado por multas o sanciones si no cumplen con estos criterios. Para prepararte con las mejores herramientas y total tranquilidad, te traemos un webinar muy especial con el abogado y contador público: Raúl Gil. Puedes obtener la grabación revisando nuestra publicación al respecto. 

Fiscalización webinar

 

¿Sabías que con tus sistemas Gálac puedes cumplir con esta obligación sin ningún problema? 

¡Así como lo escuchas! Si cuentas con nuestro sistema de Ajuste por Inflación (AxI) podrás realizar la reexpresión de los valores de forma fácil y rápida. Este práctico sistema es integrable a otros sistemas Gálac, permitiendo trabajar de forma continua entre sistemas toda tu información contable. 

Si ya cuentas con AxI, simplemente deberás emitir los reportes reexpresados y podrás ajustar tus estados financieros acorde a este nuevo criterio. ¿No cuentas con AxI? Siempre puedes adquirirlo a través de nuestra tienda virtual Smart Store si eres Emprendedor, o solicitando una cotización si eres PYME o Gran Empresa. 

 

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5 comentarios en “Nuevo criterio del SENIAT sobre la presentación de Estados Financieros”

    1. Gálac Software

      ¡Muchas gracias por su comentario! Apreciamos infinitamente sus buenas palabras y seguimos trabajando día a día para darles todo el apoyo posible. ¡Gracias!

    1. Gálac Software

      ¡Muchas gracias por su comentario! Apreciamos mucho sus palabras. Nuestro compromiso es con ustedes y el país. ¡Gracias!

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