Un panorama frecuente al que se enfrentan las empresas es el de una fiscalización por parte de alguno de los órganos de la Administración Pública. Las consecuencias pueden ser negativas; desde multas, hasta cierres. Puedes prepararte oportunamente siguiendo estos consejos o revisando nuestro webinar con el contador público y abogado: Raúl Gil.
Como parte de la actividad de la Administración Pública, las empresas en nuestro país suelen ser sujetos de procesos de “fiscalización”. Estos no son otra cosa que la verificación o constatación por parte de los órganos del Estado del cumplimiento de distintas normativas o requisitos legales.
Las fiscalizaciones son llevadas a cabo diariamente por una gran cantidad de entes y órganos en todo el país, y encuentran su justificación en la necesidad de controlar las actividades de los particulares para actuar conforme a la ley. En consecuencia, en algunas ocasiones estos procesos culminan en multas o sanciones con el fin de corregir conductas ilegales. La mayoría de las veces tienen lugar respecto a aspectos contables o tributarios de las empresas, aunque también operan contra condiciones de seguridad laboral, sanidad, etc.
Las Fiscalizaciones
De acuerdo a distintos juristas, las fiscalizaciones son la expresión de la Administración Pública ejerciendo su potestad regulatoria y de control social. La doctrina la denomina como actividad de policía administrativa. En el caso de Venezuela, encuentra su fundamento legal en distintas leyes, aunque su base se encuentra en la Constitución, principalmente en los artículos 112 y siguientes, entre otros.
El objetivo de las fiscalizaciones es corregir conductas en los particulares que son contrarias a la ley. Para ello, la administración utiliza las multas o las sanciones, aunque en algunos casos excepcionales pueden existir sanciones penales.
La labor de supervisar el correcto desenvolvimiento de las actividades de los particulares en todo el país es una labor enorme, por lo que no puede ser llevada a cabo por un solo órgano o ente. La Administración, entonces, se desconcentra, es decir, comienza a delegar competencias y potestades en distintas estructuras especializadas sea por materia o territorio. De esta forma, nos encontramos con distintos órganos o entes especializados en determinadas materias o territorios y que solo pueden fiscalizar atendiendo a estas limitaciones.
Por ejemplo, si tomamos el municipio Sucre del Estado Miranda, vamos a encontrar que la competencia en materia tributaria es ejercida por el Servicio Desconcentrado de Administración Tributaria (SEDAT). Esta unidad administrativa no puede realizar fiscalizaciones fuera de: (i) su territorio (municipio Sucre), y (ii) sus competencias (tributaria). Por otro lado, si tomamos el caso del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), en cuanto su materia también es tributaria, pero su competencia territorial resulta nacional.
Consecuencias de una fiscalización
Las consecuencias de una fiscalización pueden ser varias, todo va a depender de lo que contemple la ley. Tenga en consideración que toda sanción debe estar prevista en la Ley.
Las sanciones más comunes ante ilícitos administrativos suele ser las multas o las sanciones. En cuanto a las primeras (multas), siempre son “castigos” de tipo pecuniarios, es decir, obligaciones de pagar dinero. Por su parte, las sanciones son un género más amplio y, quizá, abstracto, pues contempla una amplia cantidad de consecuencias. Algunos ejemplos pueden ser, el cierre temporal o la suspensión de actividades comerciales.
También, aunque es discutido por juristas y contadores, hay supuestos en la ley que pueden implicar sanciones de tipo penal. Este tipo de sanciones son aquellas que involucran privación de libertad. Este supuesto es de uso limitado y su aplicación es muy poco frecuente, aunque en los últimos años han tenido lugar algunos casos importantes.
A propósito de este tema, también realizamos un webinar con la abogada y experta en fiscalizaciones: Yoniray Gil; puedes conocer más en nuestro artículo al respecto.
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Muy buena ponencia excelente y nos gustaria verla de nuevo si es posible se lo agradeceriamos
Gracias
Atentamente
Lic Manuel Ivan De Leon
¡Buenas tardes, muchas gracias por su comentario! Nos alegra mucho que haya disfrutado de la ponencia y esperamos contar con su participación para las siguientes. Tanto la grabación, cómo la presentación utilizada fueron enviadas a todos los inscritos (incluyendo el correo indicado en este comentario) dentro de las 24 horas siguientes al webinar, si no pudo recibirlo o abrir el correo (le recomendamos revisar la bandeja de spam), puede escribirnos a comunicaciones@galac.com y con gusto se la reenviaremos. ¡Muchas gracias nuevamente!