El pasado 15 de octubre de 2021 fue publicada en Gaceta Oficial la Ley para el Fomento y Desarrollo de Nuevos Emprendimientos [Ley de Emprendimiento], con lo que entró en vigor, pero ¿cómo te afecta a ti y a tu negocio?
La Ley de Emprendimiento esté esencialmente dirigida a “promover” un panorama favorable para la creación de nuevos emprendimientos. Aun así, también es cierto que ofrece un espectro relativamente amplio de regulaciones que se extienden a los emprendimientos ya existentes. Además, esta ley consagra algunos principios fundamentales ya planteados por la Constitución, como el “derecho a emprender”.
La ley se divide fundamentalmente en dos propósitos: promover nuevos emprendimientos y la integración de los ya existentes a la economía formal, de no estarlo ya.
Mayor facilidad para hacer negocios.
A través de diversas disposiciones se pretende proveer de formación técnica, jurídica y metodológica en materia de emprendimiento, para apoyar su desarrollo. Además, se busca fomentar la cultura del emprendimiento a través del denominado Plan Nacional de Formación Integral. A través de este plan los emprendedores podrán acceder a herramientas informativas y de certificación.
Por otro lado, se establecen nuevos parámetros para auspiciar un ambiente favorable para el emprendimiento. La obligación a los medios de comunicación de promover esta cultura o a los bancos de ofrecer productos y servicios con tasas preferenciales para este sector de la economía son algunas de estas obligaciones. Incluso, el mismo Estado se obliga a dar prioridad en las compras públicas a aquellos negocios considerados como “emprendimientos”.
Más razones para registrarse y formalizarse.
Dado el volumen importante que posee la economía informal, la Ley de Emprendimiento dispone múltiples facilidades para alcanzar este objetivo. Primordialmente se enfoca en:
- La disminución de trámites administrativos para promover la formalización de los negocios;
- Beneficios fiscales para los emprendimientos registrados, como reducción en determinados impuestos directos y el acceso a los previamente mencionados productos y servicios que las instituciones bancarias deberán ofrecer;
- La creación de un Registro Nacional de Emprendimientos que permita su formalización temporal previo al Registro Mercantil;
- El acceso a financiación pública a través del Fondo Nacional para los Emprendimientos, creado por esta ley.
Red Nacional de Emprendimiento.
Finalmente, se dispone la creación de la Red Nacional de Emprendimiento, con la idea de que funcione como plataforma de participación e intercambio entre distintos actores de la sociedad civil, Estado y emprendedores.
Es posible acceder a estos beneficios a través de la iniciativa pública Emprender Juntos.
Puedes revisar la Gaceta Oficial con esta ley siguiendo este link.
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Hola, que diferencia hay en la contabilidad?:.
¡Buen día, muchas gracias por su comentario! Si su duda es respecto a nuestro Sistema Contabilidad, puede escribirnos directamente a contabilidad@galac.com y nuestro equipo le brindará soporte y atención personalizada sobre su sistema. En cuanto a lo referente a la contabilidad general, esta ley está dirigida al fomento de los emprendimientos y a crear un sistema nacional de apoyo a estos. En principio, no supone un cambio en la contabilidad o la forma en la que se gestiona en los emprendimientos. De igual forma, la ejecución de esta ley quedó a cargo del Ministerio del Poder Popular de Economía, Finanzas y Comercio Exterior, por lo que puede conocer más consultando directamente con este órgano.
Deben los nuevos emprendedores hacer inscripción en los diferentes entes parafiscales, Ivss, Inces, Faov, Mintra y Rupdae?
¡Buenas tardes! Muchas gracias por compartir su duda con nosotros. En su caso va a depender de distintas circunstancias, pues cada ente tiene sus reglas propias y también dependerá de la figura bajo la cual realice su actividad comercial como emprendedor. Por darle un ejemplo: el IVSS es a partir de un trabajador y el INCES de 5.