Calendario de Sujetos Pasivos Especiales 2024: descarga y conoce lo que necesitas saber

Calendario SPE 2024

Con fecha del 20 de diciembre de 2023, ya se encuentra publicado en Gaceta Oficial #42.782 el calendario para el 2024 con las fechas para cumplir las obligaciones tributarias. Desde el IGP e ISLR, hasta anticipos y retenciones del IVA e IGTF. Puedes encontrar las fechas de todas estas obligaciones tributarias en el calendario de Sujetos Pasivos Especiales 2024. 

Como es habitual, la Administración Tributaria determina la fecha de pago y/o declaración para los distintos impuestos, a través del calendario de obligaciones para sujetos pasivos especiales. Este acto administrativo requiere ser publicado en Gaceta Oficial [GO], y en esta ocasión lo podemos encontrar en la GO del 20 de diciembre de 2023 con número 42.782. 

Destacamos que, aunque en esta ocasión no hay mayores novedades, si es importante estar atentos a las fechas, pues algunas declaraciones coinciden con días sin actividad bancaria. Esto implica que las declaraciones a realizarse en esas fechas se corren al día siguiente. Esto no ocurre con todas las obligaciones, sino solo con algunas. Por ejemplo, encontramos que el lunes 4 de noviembre no se realiza ninguna declaración por ser bancario. Sin embargo, el 18 del mismo mes (que también es bancario) se deben realizar declaraciones y retenciones de IVA, anticipos de ISLR y declaraciones de IGTF. 

Además, como es habitual, el cumplimiento de las obligaciones se realiza de acuerdo al último número de RIF del contribuyente. Es importante para aquellos contribuyentes cuyos RIF terminan en 2 y 3 que solamente tendrán hasta el miércoles 31 de enero para cumplir con la declaración definitiva del ISLR. 

¿Qué debes tener en cuenta? 

Aunque, como mencionábamos, este año no hay mayores novedades, si debes mantener algunas cosas presentes: 

  • Recuerda que para ser un Sujeto Pasivo Especial [SPE] y deber cumplir con estas obligaciones, debes haber sido debidamente notificado por la Administración Tributaria. 
  • El incumplimiento de las obligaciones en las fechas establecidas por el calendario acarrea sanciones, según lo establece el Código Orgánico Tributario. 
  • Octubre será el mes del año con mayor cantidad de días hábiles, mientras que junio será el que menos tenga. Utiliza bien tus recursos humanos y financieros durante estos meses para cumplir las obligaciones. 
  • Aunque todavía es relativamente nuevo, ya el 2023 fue un año completo de práctica para el IGTF, y en este 2024 su declaración se mantiene vinculada al IVA quincenal. 
  • Salvo que esté indicado lo contrario, casi todas las obligaciones que presentan 2 fechas pueden ser entendidas como plazos. Es decir, la primera fecha corresponde a la primera oportunidad para cumplir la obligación. La segunda fecha, se refiere al último día en la que puede ser cumplida. 

 

Puedes descargar la GO haciendo clic aquí. También puedes visitar la página del SENIAT aquí.

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