Ya se encuentra disponible en el sitio web del Servicio Autónomo Imprenta Nacional y Gaceta Oficial la Gaceta Oficial 42.623 con fecha del 8 de mayo de 2023. Allí encontramos la providencia SNAT/2023/0000031 donde se establece el aumento de la Unidad Tributaria de 0.40 Bs. a 9 Bs. ¡Prepárate con Gálac para este ajuste!
Desde la segunda semana de mayo se dio a conocer a través de redes sociales la Gaceta Oficial [GO] número 42.623, dónde se encuentra publicada la providencia SNAT/2023/0000031, acto contentivo del aumento de la Unidad Tributaria [UT]. Posteriormente, desde el 17 de mayo, se encuentra disponible en el sitio web del Servicio Autónomo Imprenta Nacional y Gaceta Oficial. De acuerdo a este acto, la UT pasa de 0.40 Bs. (valor fijado desde abril de 2022) a 9 Bs.
Vale destacar que no se trata de la primera vez que se dan a conocer GO a través de las redes sociales previo a su publicación por parte de las autoridades oficiales. Tampoco de la publicación de Gacetas Oficiales en días posteriores a su fecha impresa.
¿Es necesario ajustarse inmediatamente a la nueva UT o hay que esperar a su publicación en GO?
No hay consenso entre los contadores y juristas sobre el momento en el cual deba comenzar a utilizarse la nueva UT de 9 Bs. De acuerdo con nuestra Constitución, demás leyes de nuestro país y doctrinarios, es necesaria la publicación en GO para que entre en vigor, y es a partir de esa fecha (salvo disposición en contrario). Sin embargo, en los últimos años hemos visto la publicación de GO con fechas anteriores a la cual es publicada, y con efectos previos a ese día.
La mejor recomendación es estar preparado y tomar previsiones. Actualiza tus softwares para que cuenten con este nuevo valor, y ajusta tus cuentas para contemplar este aumento. ¡Ya en nuestro Centro de Ayuda cuentas con todo lo necesario para actualizar tus sistemas Gálac! De igual forma, ya se encuentran disponibles las nuevas versiones de nuestros programas con este nuevo valor:
- IVA y Renta 34.2: Corrección a tablas y nuevo valor de la UT.
- Administrativo 23.4: Nuevo valor de la Unidad Tributaria.
- Retenciones 11.1: Actualizada la Unidad Tributaria.
¡Actualiza tus sistemas Gálac!
Ya se encuentran publicadas las actualizaciones para nuestros sistemas de forma que no tengas que hacerlo manualmente. Aun así, si necesitas actualizar manualmente el valor de la UT aquí te decimos cómo hacerlo. Acá están los instructivos necesarios para que realicen los reajustes manuales de este nuevo valor:
👉 En el Sistema IVA y Renta.
- Para actualizar el nuevo valor de la Unidad Tributaria de forma manual en el sistema, haz clic aquí.
- Para actualizar la tabla de retenciones de ISLR de forma manual en el sistema, haz clic aquí.
Recuerda que debes descargar los archivos ubicados en la sección de “Instructivos” en el Centro de Ayuda:
¡Recuerda que, debido al peso de los archivos, vas a requerir un programa para descomprimir el .zip que se te va a descargar!
👉 En el Sistema Administrativo.
- Para actualizar el valor de la UT de forma manual, haz clic aquí.
- Para actualizar la tabla de retenciones de forma manual, haz clic aquí.
Recuerda que debes descargar los archivos ubicados en la sección de “Instructivos” en el Centro de Ayuda:
¡Recuerda que, debido al peso de los archivos, vas a requerir un programa para descomprimir el .zip que se te va a descargar!
¿No quieres realizar este proceso manualmente? ¡Tranquilo! Ya puedes actualizar tus sistemas Gálac con el nuevo valor, o si cuentas con PAS puedes quedarte aún más tranquilo.
¿Para qué se utiliza la UT?
En primer lugar, es importante distinguir a cuál UT nos estamos refiriendo con este aumento. En los últimos años se ha vuelto muy común por parte de las alcaldías utilizar sus propias “Unidades Tributarias”. Estas son distintas a la que nos referimos en este artículo y a la que hace mención la providencia. Las definidas por las alcaldías son únicamente para los impuestos de esas alcaldías, mientras que esta es para todos los impuestos nacionales. Esto es decir, todos los impuestos que deben ser pagados o declarados directamente al SENIAT.
La UT tiene una amplia utilidad en distintas sanciones, gravámenes, tasas, y otros conceptos manejados por la Administración Pública. Un ejemplo común puede ser aquel de algunas multas en materia aeroportuaria. Aunque la UT ha estado siendo progresivamente remplazada por otras referencias (como el Petro), igual tiene un impacto importante en materias como declaración del ISLR.