A nivel contable y legal, es muy importante distinguir correctamente entre un costo y un gasto, especialmente en materia de ISLR. Determinar un determinado egreso como uno o como el otro, genera importantes consecuencias para la determinación final del tributo a cancelar. Más importante aún, señalar incorrectamente a uno puede hacerte objeto de un acta de reparo en una fiscalización.
Los costos y gastos son conceptos fundamentales en el mundo de la contabilidad. Además, ambos conceptos poseen importantes repercusiones a nivel legal, pues son utilizados por la ley para determinar los distintos métodos de cálculo de los tributos.
En líneas generales, es importante tener presente que ambos conceptos se refieren a erogaciones (salidas de dinero o disminuciones de patrimonio). Se distinguen en la razón o motivo de esa salida; dónde gastos es el género, y costos una especie dentro de ese género. Por esta razón se suele decir que: todo costo es un gasto, pero no todo gasto es un costo.
La importancia de esta distinción radica en que los costos son imputables a los ingresos brutos, por lo cual, minoran la base imponible del impuesto. Por otra parte, los gastos no necesariamente cumplen esta finalidad.
Por acá te dejamos un pequeño resumen de cómo distinguir un costo de un gasto. ¡Asegúrate de dejar un «me gusta»!
¿Qué es un costo y qué es un gasto?
Empecemos por la categoría general: ¿qué es un gasto? Se trata de erogaciones o disminuciones de valor de los activos, igual que los incrementos de pasivos. Un típico ejemplo de un gasto puede ser cualquier compra que realice una empresa, o un inmueble cuyo valor de mercado se ha disminuido.
Dentro de los gastos encontramos a los costos. Son erogaciones particulares que se destinan a la adquisición de activos (o que al menos se identifican como tal). Típicamente son identificables como directamente recuperables. Un elemento clave para identificarlos es que deben ser normales y necesarios para la producción de la renta. Un típico ejemplo es: el inventario o los equipos.
Un elemento frecuente para identificar una erogación como costo, es que ésta se pueda capitalizar. Sin embargo, es importante tener en cuenta que algunos gastos pueden llegar a incluirse en esta categoría, porque así lo estima la ley y su reglamento (artículo 52 del reglamento, 2003).
La correcta distinción de una erogación como gasto o costo, es un objeto frecuente de fiscalizaciones. Bien porque se trata de un concepto que no es del todo objetivo y universal, sino que está abierto a interpretaciones. Esto se debe a la relación directa o indirecta que puede existir entre un determinado gasto y la producción de la renta.
Por ejemplo, supongamos que una empresa que cuente con una oficina comercial y una cantidad razonable de empleados. Un servicio típico que ofrece a sus empleados es el café. La compra regular de este bien puede argumentarse que es necesaria para el correcto funcionamiento de la oficina, sin el cual no podría ser posible la producción de la renta, así como bien pudiera decirse lo contrario. En consecuencia, ¿se trata de un costo o de un gasto? ¡Cuéntanos tu opinión en los comentarios!
Ten presente que siempre existen particularidades que pueden y deben ser apreciadas por un especialista, sea contable o jurídico.
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Fuentes:
- NIIF (2019), Marco Conceptual para la Información Financiera.
- NIC 16 (2005), Propiedades, Planta y Equipo.
- Romero-Muci, Humberto. «Desinstitucionalización del concepto deducción en el impuesto sobre la renta un caso de manipulación semántica en el lenguaje jurídico», en Un siglo de historia y derecho: 100 años del Escritorio Tinoco, Travieso, Planchart & Núñez (Caracas; Universidad Católica Andrés bello y Escritorio TTPN, 2014).