5 errores frecuentes en la declaración del ISLR

Declaración del ISLR
Dentro de las variadas categorías tributarias presentes en nuestro país, una de las más destacadas por su potencial recaudador es, sin duda, el ISLR. Además, se destaca por la amplia cantidad de sujetos que se encuentran obligados a cumplir. Para ayudarte a cumplir adecuadamente con este tributo, te dejamos 5 errores frecuentes al momento de declarar. 

Sea que se trate de una persona natural o de una jurídica, las probabilidades son que debas realizar la declaración del ISLR. Aunque la frecuencia en que realices la declaración o algunos detalles sean distintos, en líneas generales, el proceso es bastante similar sin importar si eres contribuyente ordinario o uno especial. Por esta razón, te compartimos algunos de los errores más frecuentes al realizar tu declaración. 

¿No estás seguro de si debes declarar? Ten presente lo siguiente:  

  • Toda persona natural residente* en el país con un enriquecimiento global neto superior a 1.000 Unidades Tributarias [UT], debe declarar. 
  • Toda persona natural residente* en el país con un enriquecimiento bruto superior a 1.500 UT, debe declarar. 
  • Las personas jurídicas deben presentar su declaración definitiva de rentas, bien hayan obtenido ganancias o pérdidas. 

*Para poder determinar si eres residente o no en el país, debes tomar en cuenta lo que dispone el artículo 30 del Código Orgánico Tributario [COT]. 

 

1- Verifica tu declaración antes de enviar. 

El último paso para terminar tu declaración del ISLR en el portal del SENIAT es presionar el botón de “registrar”. Sin embargo, es también en este último paso donde se ve el error más frecuente: no verificar tu declaración. Es importante que te tomes tu tiempo para cerciorarte de que todos los datos que hayas ingresado se encuentren correctos, pues una vez registrado no podrás realizar modificaciones. 

Aunque sencillo, es una acción que muchas veces pasamos por alto, sea por urgencia o simplemente por confiarse. Siempre dale un último vistazo antes de enviar la declaración. 

 

2- ¡Ten presente la fecha límite para declarar y hazlo temprano! 

Aunque parezca obvio, uno de los errores más frecuentes al realizar la declaración del ISLR es postergar la declaración y que luego culmine el tiempo para para declarar. No solo es un gran error, sino que ¡también te expone a multas o sanciones! 

Lo mejor que puedes hacer es anotar la fecha límite y colocar uno o más recordatorios con antelación. Además, son frecuentes las caídas del portal web del SENIAT por el alto tráfico de usuarios, o que se encuentre lento, dificultando la declaración. Asegúrate de tener todo listo para cumplir esta obligación mucho antes de la fecha límite, incluyendo tu usuario y clave del SENIAT. 

Ten en cuenta: si eres contribuyente ordinario tienes para declarar entre el 1 de enero y el 31 de marzo de cada año. Por otro lado, si eres contribuyente especial, debes revisar el Calendario de Sujetos Pasivos Especiales. 

 

3- ¡Ojo con el ARC! 

Si eres asalariado, entonces asegúrate de solicitar a tu patrono tu Comprobante de Agente de Retención de Impuesto o ARC. En este documento encontrarás el total del impuesto retenido por tu empleador. ¡Debes ingresar el total retenido en la declaración! Esto es fundamental para evitar declarar en exceso. Además, en ese documento encontrarás también el total devengado de sueldos en el año. 

Si eres patrono, entonces realiza y entrega con antelación el ARC a tus trabajadores. No solo es muy importante para que ellos puedan cumplir con su obligación, sino que llevarlo a tiempo y de forma detallada te garantiza a ti una contabilidad más limpia, facilitando tu declaración. 

Aprende sobre lo que debe incluir el ARC en nuestro artículo. 

 
4- No realizar las retenciones de ISLR. 

Este error no es aplicable a todos los contribuyentes, pues no todos están obligados a practicar retenciones, pero si es uno muy frecuente. La pregunta obvia es: ¿cuándo debo practicar una retención? Puedes leer más sobre retenciones en nuestro artículo al respecto, pero resumiéndote la historia: toda persona jurídica que realice un pago por alguno de los conceptos indicados en la ley. Puedes encontrar el detalle en el artículo 1 del reglamento parcial. 

No realizar las retenciones es un error importante, especialmente porque supone un ilícito tributario sancionado por el Código Orgánico Tributario. 

 

5- ¡Pagar! 

Si bien es cierto que no todos los contribuyentes deben pagar (pues es posible que el total calculado de un monto igual a cero), no significa que hayas cumplido con el ISLR solo con declararlo. Una vez haya culminado tu declaración, debes cancelar el total calculado por el portal; por esta razón se suelen hablar de dos obligaciones distintas: (I) declarar y (II) pagar. 

Una vez registrada la información y enviada, el portal te generará un “Compromiso de Pago”, el cual deberás cancelar. Puedes pagar el monto señalado de forma electrónica, no es necesario dirigirte a la taquilla de un banco para hacerlo. 

 


¡Cuéntanos en los comentarios tu experiencia declarando el ISLR! ¿Agregarías algún otro error frecuente? 

Si te gustó nuestro contenido, te invitamos a que revises nuestras redes sociales para seguir aprendiendo. Puedes visitarlas aquí. Además, si tienes más dudas sobre la declaración del ISLR, te invitamos a revisar nuestra guía.

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