Guía completa para declarar el aporte INCES en el nuevo portal

Aporte INCES 2% en el nuevo portal: el INCES ha lanzado una plataforma tecnológica que introduce cambios clave en la declaración y pago del aporte. Esta guía te ayudará a entender las novedades y cumplir con tus obligaciones de forma sencilla y segura.

¿Cómo calcular el aporte INCES 2% en el nuevo portal?

El principio legal general del aporte, establecido en el Artículo 49 de la Ley del INCES, se mantiene: sigue siendo el 2% sobre el salario normal efectivamente pagado a los trabajadores. No obstante, la nueva plataforma introduce una novedad clave para este cálculo: la aplicación de una base imponible mínima por trabajador.

Artículo 49: Las entidades de trabajo del sector privado y las empresas del Estado con ingresos propios y autogestionarias, que tengan cinco (5) o más trabajadores, deben aportar al INCES el 2% del salario normal mensual pagado a los trabajadores, dentro de los cinco (5) siguientes al vencimiento de cada trimestre.

Actualización del portal para el aporte INCES 2%

La nueva plataforma fija una base imponible mínima: cada trabajador debe declararse con al menos el equivalente a 10 € mensuales, calculados en bolívares según la tasa oficial vigente. Esto aplica incluso si el salario real es menor.

¿Cómo se determina el monto base a declarar?

El aporte no es un monto fijo de 10 € por trabajador. Se sigue aplicando el 2% sobre el salario normal, pero ahora la base total incluye dos componentes:

  1. Total de salarios normales pagados en la nómina.
  2. Ajuste por base mínima: la diferencia entre los 10 € y el salario real de los trabajadores que ganen menos de ese mínimo.

Requisitos para la declaración del aporte INCES en la plataforma

El nuevo proceso exige cargar documentos digitales específicos en formato PDF. Asegúrate de tener a mano:

  • Planilla IVSS (o las facturas del IVSS del trimestre que estás declarando).
  • Nómina o resumen de nómina, la cual debe estar en el formato específico establecido por el INCES.

Guía paso a paso para declarar

Sigue estos pasos para declarar el aporte INCES 2% en el nuevo portal correctamente.

Paso 1: ingresar al portal

  • Accede al portal oficial del INCES (inces.sigat.net).
  • Haz clic en la opción «Soy CONTRIBUYENTE».
  • Ingresa con tu usuario (correo electrónico) y contraseña.
Pantalla de inicio del nuevo portal INCES

Paso 2: seleccionar la institución

  • Una vez dentro, el sistema te pedirá seleccionar la institución correspondiente. Elige «Instituto Nacional de Capacitación y Educación Socialista (INCES)». Posterior, en la pestaña de de Obligaciones tributarias, seleccionar «Aporte 2%» y en el botón de acciones registrar el periodo.
Vista de la pestaña obligaciones tributarias en el portal INCES para declarar el aporte 2%

Paso 3: iniciar el registro del período

  • Haz clic en el botón azul «Acciones» y selecciona la opción «Registrar declaración definitiva»
Botón acciones

Paso 4: descargar la plantilla de nómina oficial

  • Tras registrar el período, haz clic nuevamente en «Acciones» y selecciona «Registrar declaración definitiva».
  • Llegarás a la pantalla de «Declaración». Aquí debes:
    1. Indicar los datos de la declaración: Tipo (definitiva), Período (año) y Trimestre.
    2. Indicar la cantidad de empleados que tuviste cada mes del trimestre.
    3. En la sección «Documentos digitales», ubica la línea «Nómina o resumen de nómina» y haz clic en la palabra «(descargar)». Esto descargará el «Reporte Consolidado de Nómina» oficial que debes completar.
Carga de documentos requeridos para declarar el aporte

Paso 5: completar y cargar los documentos

  • Llena la plantilla de nómina que descargaste con toda la información solicitada. La plataforma provee una guía detallada para llenar cada campo del reporte.
  • Verifica que todos los datos suministrados sean correctos.
  • Regresa a la pantalla de «Declaración» en el portal.
  • Sube los dos documentos obligatorios (Planilla IVSS y tu nómina ya completada) haciendo clic en «Subir archivo» en las líneas correspondientes.
Plantilla de declaración aporte INCES 2% en el nuevo portal

Paso 6: finalizar la declaración

  • Una vez que hayas completado los datos del trimestre y cargado ambos archivos PDF, haz clic en el botón azul «Continuar» para finalizar el proceso.

Recomendación: Se recomienda revisar el portal para confirmar la aplicación de estos pasos y cálculos en la plataforma.


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21 comentarios en “Guía completa para declarar el aporte INCES en el nuevo portal”

    1. ¡Buen día Mary! Gracias por tu pregunta.

      La declaración del INCES es trimestral, pero la base de cálculo se desglosa mes a mes. Es decir, no debes sumar los tres meses en un solo monto global, sino que en la plantilla oficial del sistema (y en el formulario de declaración) deberás indicar el salario normal pagado en cada uno de los tres meses que conforman el trimestre.

      Por ejemplo, si estás declarando el 1er Trimestre:

      – Informas el total de salarios de Enero.
      – Informas el total de salarios de Febrero.
      – Informas el total de salarios de Marzo.

      El sistema sumará automáticamente esos montos y calculará el 2% del total trimestral.

      ¡Espero que esto te ayude con tu proceso!

    1. ¡Buenos días, Evelin! Gracias por tu pregunta.

      Para el cálculo del aporte INCES solo se toma en cuenta el salario normal, es decir, el sueldo básico y otros conceptos de carácter salarial. El cestaticket tiene carácter no remunerativo, por lo cual no forma parte del salario y queda excluido para este cálculo. Esto alineado con la definición de salario normal establecida en la Ley del INCES.

      En resumen:

      – Sueldo Básico + Bonificaciones regulares (Salario Normal): Sí se incluyen.
      – Cesta Ticket: No se incluye.

      ¡Esperamos que esta información te sea de gran utilidad!

  1. Lucy Mar Araque

    Buenas tardes
    Gracias , por favor si la empresa tiene menos de 5 trabajadores, como sería la declaración para el cuarto trimestre 2025 (octubre, noviembre y diciembre).

    1. ¡Hola Lucy! Gracias por tu consulta.

      Si la empresa tiene menos de 5 trabajadores, cada trimestre, debe registrar la declaración en el portal del INCES, pero no genera pago.
      La razón es que el aporte del 2% solo aplica cuando la empresa tiene 5 o más trabajadores, según lo indicado en la normativa del INCES. En empresas con menos de cinco trabajadores, el sistema permite declarar, pero el monto será cero.

      ¡Esperamos haberte ayudado!

  2. Hola
    Para ver si entiendo bien, yo debo subir por mes (individualmente) en el sistema el monto total de nómina ejem enero febrero y marzo y el sistema cálcula el 2% y luego subimos la planilla de nuevo formato con el consolidado de los 3 meses, es decir sumado los tres meses en la planilla.
    En caso del último trimestre que se declara el 2% y 0,5% de ret a trabajadores por utilidades, se deben realizar dos planillas ya que uno de sus campos es el tipo de declaración

    1. Hola, Mayra.

      Sí, es correcto. Tal como mencionas, el proceso en el portal funciona de esa manera:

      Carga mensual: durante el trimestre se registra mensualmente el monto de la nómina y el sistema calcula el 2% automáticamente.

      Planilla consolidada: al finalizar, se sube el archivo/planilla con la información de los tres meses del trimestre.

      Último trimestre: en efecto, debes generar dos declaraciones por separado: una por el aporte patronal del 2% y otra por la retención del 0,5% sobre utilidades, ya que el sistema requiere identificar el tipo de declaración de forma independiente.

      ¡Gracias por tu consulta y por leernos!

  3. Freddy A. Velasco G.

    Buenos días,

    En el caso de los aportes del 0.5% de utilidades, se hace la declaración solo, cuando se generan pagos por estos conceptos o hay que hacer la declaración trimestralmente, en cero cuando no hay erogación.

    Igualmente, creo que no permite declaraciones en cero, sin embargo, te aparece como pendiente por declarar en el trimestre.

    1. Hola, Sr. Freddy. Gusto en saludarle.

      Tiene usted razón. El aporte del 0,5% es una retención que se aplica sobre las utilidades pagadas a los trabajadores, por lo que si no hay erogación, no existe la obligación de retener ni de enterar.

      El hecho de que aparezca como «pendiente» en el portal es una configuración general del sistema, pero esto no obliga a declarar montos inexistentes. La declaración de este concepto debe hacerse exclusivamente en el periodo donde se materialice el pago (usualmente en el último trimestre del año o según el cierre fiscal de la empresa).

      ¡Agradecemos mucho que nos lea y comente!

  4. La empresa tiene 4 trabajadores ya q recien comenzó operaciones el 12 de febrero del 2026, porque no me sale el año 2026 en el aporte del 2% pero me aparece por declarar 0.5% cuando ese no debo declararlo sino hasta el próximo año. Que debo hacer para obtener la solvencia si no tengo la opcion de declarar el 2 %

    1. Hola, Lisset

      Esto ocurre porque el portal del INCES habilita primero la opción del 0,5 % por utilidades, aunque solo debe declararse si efectivamente se pagan utilidades.

      Si la empresa inició operaciones en febrero de 2026 y no ha generado utilidades, no corresponde declarar el 0,5 %.

      En cuanto al aporte del 2 %, si aún no aparece habilitado el año 2026 en el portal, no es posible declarar ese período por ahora. En esos casos, la recomendación es:

      * Conservar los soportes de nómina, y
      * Esperar la habilitación del ejercicio para realizar la declaración y obtener la solvencia correspondiente.

      Gracias por compartir tu caso

  5. Serian 3 planillas de nomina las subir al portal una por cada mes del trimestre así como las 3 facturas de ivss correspondientes al trimestre?

    1. Hola, Lisset

      No. En el nuevo portal del INCES no se suben tres planillas por separado.

      Durante el trimestre se carga la nómina de cada mes, y luego el sistema genera una sola planilla consolidada trimestral para el aporte del 2 %.

      Las facturas de IVSS se mantienen como soporte, pero la declaración del INCES se consolida por trimestre, no mes a mes.

  6. Hola buenos dias!
    la empresa solo tiene un trabajador y le coloco la base minima de los 10 euros, en cada mes, cuando lleno todo e incluso coloco el soporte que solicita, y le doy procesar, me dice que existen declaraciones pendientes? no logro entender cuales, si el 2025 lo termine y esta completo.
    Saludos

    1. Estimada María Elena, un gusto saludarte.

      El portal suele arrojar ese mensaje cuando detecta que falta la declaración del 0,5% de utilidades de algún periodo previo, o bien, cuando hay una inconsistencia entre los montos cargados mes a mes y el resumen trimestral.

      Te sugerimos validar si tienes pendientes periodos del 0,5% (aunque sea para reportar que no hubo erogación) y confirmar que los soportes adjuntos coincidan exactamente con el número de meses del trimestre que intentas procesar.

      ¡Gracias por escribirnos!

  7. Buenas Tardes, por favor para despejar una duda, para el declarar las retenciones de utilidades 0.5% de las liquidaciones trimestrales, como lo entero en el portal, ya que aparece es anual.
    Gracias.

    1. Buenas tardes, Wendy

      La retención del 0,5% por utilidades solo se declara cuando efectivamente se pagan utilidades (ya sean las de fin de año o las fraccionadas en una liquidación).

      Aunque el portal del INCES muestre este concepto como anual, el registro se realiza en el momento en que se genera dicho pago. Si en un trimestre no hubo pago de utilidades ni liquidaciones con ese concepto, no corresponde declarar en cero.

      Si durante el año no se han pagado utilidades de ningún tipo, no es necesario enterar ese 0,5%.

      ¡Gracias por tu consulta!

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